Deducciones Fiscales
Amortización acelerada: guía completa para empresas que innovan
La amortización acelerada es uno de los incentivos fiscales más infrautilizados por las pymes industriales en España. Permite anticipar el gasto fiscal de tus activos, reduciendo la base imponible del Impuesto sobre Sociedades en los primeros años de vida útil de maquinaria, software y equipos. Si además tu empresa realiza actividades de I+D+i, puedes aplicar la libertad total de amortización: deducir el 100% del valor del activo en un solo ejercicio. En esta guía te explicamos las tres vías disponibles y cómo combinarlas con otros incentivos.
Qué es la amortización acelerada y para qué sirve
La amortización es el reflejo contable y fiscal de la pérdida de valor de los activos a lo largo de su vida útil. Cuando hablamos de amortización acelerada, nos referimos a la posibilidad de amortizar los activos más rápido de lo que establecen las tablas oficiales, anticipando el gasto fiscal.
El efecto práctico es claro: reduces la base imponible del Impuesto sobre Sociedades en los primeros años, difiriendo el pago del impuesto a ejercicios futuros. No es una deducción adicional (el importe total amortizado es el mismo), pero sí un diferimiento temporal que mejora la tesorería de la empresa.
Para empresas industriales que invierten constantemente en maquinaria, utillajes y software, esto supone una ventaja competitiva significativa: dispones de más liquidez justo cuando más la necesitas (tras la inversión).
¿Qué empresas pueden aplicar amortización acelerada?
Existen tres regímenes principales según el tipo de empresa y actividad:
| Régimen | Base legal | Quién puede aplicarlo | Beneficio |
|---|---|---|---|
| ERD (reducida dimensión) | Art. 103 LIS | Empresas con cifra de negocios < 10M€ | Coeficiente × 2 |
| Libertad amortización I+D | Art. 12.3 LIS | Cualquier empresa con activos afectos a I+D | Amortización libre (100%) |
| Libertad amortización ERD | Art. 102 LIS | ERD que crean empleo | Amortización libre con condiciones |
Amortización acelerada para empresas de reducida dimensión (Art. 103)
Si la cifra neta de negocios de tu empresa en el ejercicio anterior fue inferior a 10 millones de euros, puedes multiplicar por 2 el coeficiente de amortización lineal máximo de las tablas oficiales para:
- Elementos nuevos del inmovilizado material
- Inversiones inmobiliarias nuevas
- Elementos del inmovilizado intangible
Ejemplo práctico: una máquina CNC con un valor de 200.000€ y un coeficiente máximo del 12% según tablas, normalmente se amortizaría a 24.000€/año. Con amortización acelerada (×2), puedes amortizar 48.000€/año, completando la amortización fiscal en menos de 5 años en lugar de 8.
Importante: el exceso de amortización fiscal sobre la contable es deducible en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades aunque no esté contabilizado. Esto genera un ajuste extracontable negativo que reduce tu factura fiscal.
Libertad de amortización para activos de I+D (Art. 12.3)
Este es el incentivo más potente y menos conocido. Los elementos del inmovilizado material e intangible afectos a actividades de investigación y desarrollo pueden amortizarse libremente, sin límite temporal ni de importe:
- Sin requisito de empleo: a diferencia de otras libertades de amortización, esta no exige crear puestos de trabajo
- Sin requisito de tamaño: aplica tanto a pymes como a grandes empresas
- Total flexibilidad: puedes amortizar el 100% el primer año, o repartir como consideres
- Excluye edificios: los inmuebles afectos a I+D se amortizan linealmente en 10 años
Ejemplo: inviertes 500.000€ en equipos de laboratorio y utillajes para un proyecto de I+D. Con libertad de amortización, puedes deducir los 500.000€ íntegramente en el Impuesto sobre Sociedades del primer ejercicio, generando un ahorro fiscal inmediato de 125.000€ (al tipo del 25%).
¿Tu empresa invierte en maquinaria o software para innovar? En Tecnocim Innova te ayudamos a identificar qué activos pueden acogerse a la libertad de amortización y cómo maximizar el ahorro fiscal. Solicita tu diagnóstico gratuito.
Libertad de amortización con creación de empleo (Art. 102)
Las empresas de reducida dimensión pueden aplicar libertad de amortización (sin límite) para inversiones en inmovilizado material nuevo e inversiones inmobiliarias, siempre que cumplan un requisito: incrementar la plantilla media respecto al ejercicio anterior y mantenerla durante 24 meses.
La inversión acogida a libertad de amortización se limita al resultado de multiplicar 120.000€ por el incremento de plantilla (con dos decimales).
Activos que puedes amortizar de forma acelerada
No todos los activos son elegibles. Aquí tienes un mapa por tipo de activo y régimen aplicable:
- Maquinaria industrial nueva: amortización acelerada ERD (×2) + libertad si está afecta a I+D
- Software industrial (ERP, MES, PLM, SCADA): amortización acelerada ERD + libertad si se usa en innovación
- Equipos de ensayo y laboratorio: libertad de amortización si están afectos a I+D
- Utillajes y moldes para prototipos: libertad de amortización como activo de I+D
- Robots y sistemas de automatización: amortización acelerada ERD + libertad si implican I+D
- Vehículos afectos a I+D: amortización acelerada ERD (si son nuevos)
- Patentes y licencias tecnológicas: amortización acelerada ERD (intangibles)
Cómo combinar amortización acelerada con deducciones I+D+i
La amortización acelerada y las deducciones fiscales por I+D+i no son excluyentes. De hecho, se complementan perfectamente:
- Amortización acelerada o libre del activo → reduce la base imponible (menos impuesto a pagar)
- Deducción por I+D (25-42%) o IT (12%) del gasto en amortización → reduce directamente la cuota del impuesto
Esto significa que la amortización del activo afecto a I+D+i forma parte de la base de la deducción del artículo 35 LIS. Puedes amortizar libremente el activo y además aplicar la deducción sobre ese gasto de amortización.
Ejemplo combinado:
- Inversión en equipos de I+D: 300.000€
- Libertad de amortización: deduces 300.000€ en base imponible → ahorro de 75.000€ (tipo 25%)
- Deducción I+D (25%) sobre la amortización: 75.000€ de deducción en cuota
- Ahorro total del primer ejercicio: 150.000€ (50% de la inversión)
Además, puedes combinar con:
- Bonificaciones en la Seguridad Social para el personal dedicado al proyecto (40% cuota SS)
- Patent Box si el proyecto genera patentes o modelos de utilidad
- Subvenciones compatibles como Activa Industria 4.0 (descontando de la base de deducción)
Errores frecuentes en la amortización acelerada
Las empresas que gestionan internamente su fiscalidad suelen cometer estos errores:
- No individualizar los activos por proyecto: para aplicar la libertad de amortización I+D, cada activo debe estar identificado y vinculado a un proyecto concreto
- Amortizar activos usados como nuevos: la amortización acelerada ERD (Art. 103) solo aplica a elementos nuevos
- No documentar la afectación a I+D: si Hacienda inspecciona, necesitas demostrar que el activo se usa en actividades de investigación o desarrollo
- Olvidar el ajuste extracontable: la amortización fiscal acelerada se aplica mediante ajuste en la declaración, no necesariamente en contabilidad
- Superar el umbral de 10M€: si tu empresa crece y supera la cifra de negocios de 10 millones, pierdes el régimen ERD
Siguiente paso: planifica tu amortización fiscal
La amortización acelerada y la libertad de amortización son herramientas fiscales que, bien planificadas, pueden generar un ahorro significativo en los primeros años tras una inversión industrial. La clave está en documentar correctamente los activos, vincularlos a proyectos de I+D+i cuando sea posible, y combinarlos con las deducciones del artículo 35 LIS.
En Tecnocim Innova llevamos más de 30 años ayudando a empresas industriales a optimizar su fiscalidad. Nuestro equipo analiza tus inversiones, identifica los activos elegibles y diseña la estrategia de amortización que maximiza tu ahorro fiscal cumpliendo todos los requisitos legales.
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