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Formación bonificada para empresas: cómo funciona en 2026
Todas las empresas con trabajadores en régimen general disponen de un crédito anual para formar a su plantilla sin coste directo, financiado a través de las cuotas a la Seguridad Social. Incluso las microempresas de 1 a 5 trabajadores disponen de un importe fijo de 420€ anuales (Ley 31/2022, disposición adicional 92.ª, prorrogada en 2026). Sin embargo, un porcentaje significativo de pymes españolas no utiliza este crédito y lo pierde cada 31 de diciembre.
Qué es la formación bonificada y cómo funciona
La formación bonificada (oficialmente "Formación Programada por las Empresas") es un sistema gestionado por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE) que permite a las empresas recuperar el coste de la formación de sus trabajadores mediante bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.
El mecanismo es sencillo:
- La empresa paga cada mes una cuota de formación profesional a la Seguridad Social (el 0,7% de la base de cotización: 0,6% a cargo de la empresa y 0,1% del trabajador)
- FUNDAE calcula un crédito anual de formación basado en esas cuotas
- La empresa organiza acciones formativas para su plantilla
- El coste de la formación se descuenta de las cuotas de Seguridad Social de los meses siguientes
La formación debe ser gratuita para el trabajador y estar relacionada con la actividad de la empresa o con las competencias del puesto de trabajo.
¿Cómo se calcula el crédito de formación?
El crédito disponible depende del tamaño de la plantilla y de la cuota de formación profesional ingresada el año anterior:
| Tamaño de plantilla | % sobre cuota de formación | Importe fijo |
|---|---|---|
| 1 a 5 trabajadores | — | 420€/año |
| 6 a 9 trabajadores | 100% | — |
| 10 a 49 trabajadores | 75% | — |
| 50 a 249 trabajadores | 60% | — |
| 250 o más trabajadores | 50% | — |
Ejemplo práctico: una pyme con 20 trabajadores y una cuota de formación profesional anual de 3.000€ dispone de un crédito de 2.250€ (75% de 3.000€) para formar a su equipo durante el año.
El crédito se consulta en la aplicación de FUNDAE (empresas.fundae.es) y se actualiza cada enero con los datos de cotización del ejercicio anterior. Si no se utiliza antes del 31 de diciembre, se pierde. La única excepción es para las empresas de menos de 50 trabajadores: si lo comunican durante el primer semestre del año, pueden acumular el crédito del ejercicio con el del siguiente o los dos siguientes, para programar acciones más largas o con más participantes (Ley 30/2015, art. 9.4, y RD 694/2017, art. 11). Lo que siga sin usarse al final del último de esos ejercicios se pierde definitivamente.
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Pasos para bonificar la formación en tu empresa
El proceso se gestiona íntegramente a través de la plataforma de FUNDAE. Estos son los pasos:
1. Acceder a la aplicación de FUNDAE
Registrarse como empresa en empresas.fundae.es con certificado digital. Si la empresa delega la gestión, puede autorizar a una entidad organizadora.
2. Seleccionar y planificar la formación
Elegir las acciones formativas necesarias. Pueden ser cursos presenciales, online (teleformación) o mixtos. Los grupos presenciales tienen un máximo de 30 participantes y los online de 80.
3. Comunicar el inicio a FUNDAE
Dar de alta la acción formativa en la plataforma y comunicar el inicio de cada grupo con un mínimo de 2 días naturales de antelación a su fecha de comienzo (FUNDAE, 2026). Esta comunicación incluye: datos del curso, modalidad, fechas, horarios, centro de formación y listado de participantes.
4. Informar a la representación legal de los trabajadores (RLT)
Si la empresa tiene representación sindical, debe informar de las acciones formativas previstas. La RLT tiene 15 días hábiles para emitir informe. Transcurrido el plazo, la empresa puede iniciar la formación.
5. Impartir la formación
Ejecutar el curso según lo comunicado, controlando la asistencia y cumpliendo los requisitos de calidad.
6. Aplicar la bonificación en la Seguridad Social
Una vez finalizada la formación e informados los costes en la aplicación de FUNDAE, la empresa descuenta el importe bonificable en los boletines de cotización (RLC) mediante la clave de deducción 763 — "Bonificación Formación Continua". La bonificación se aplica a partir del mes siguiente a la comunicación de finalización. El plazo termina con el de presentación de la liquidación de cuotas de diciembre del mismo ejercicio: la formación de 2026 debe bonificarse, como tarde, en los seguros sociales de diciembre de 2026 (RD 694/2017, art. 18).
¿Qué formación se puede bonificar?
La formación debe estar vinculada a la actividad profesional de los trabajadores. Algunos ejemplos de ámbitos que pueden bonificarse cuando guardan esa relación:
- Transformación digital: inteligencia artificial aplicada, automatización de procesos, big data
- Ciberseguridad: protección de datos, cumplimiento normativo, gestión de incidentes
- Transición energética: eficiencia energética, sostenibilidad, huella de carbono
- Industria 5.0: robótica colaborativa, IoT industrial, manufactura avanzada
- Atención sociosanitaria: nuevas necesidades derivadas del envejecimiento poblacional
Costes bonificables:
- Costes directos de impartición (formadores, materiales, plataforma e-learning)
- Costes de organización (hasta un porcentaje del coste directo)
- Costes salariales de los trabajadores durante las horas de formación (solo si es en horario laboral)
Requisitos de la formación:
- Duración mínima de 2 horas por acción formativa
- Máximo 8 horas diarias (salvo formaciones concentradas en un día)
- 100% gratuita para los participantes
- La empresa debe conservar la documentación justificativa durante 4 años
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¿Qué pasa con la cofinanciación?
El crédito de FUNDAE no siempre cubre el 100% del coste. A partir de 6 trabajadores, la empresa debe asumir con recursos propios un porcentaje mínimo del coste total de la formación (Ley 30/2015, art. 9.5):
| Plantilla | Cofinanciación privada mínima |
|---|---|
| 1-5 trabajadores | Exenta |
| 6-9 trabajadores | 5% |
| 10-49 trabajadores | 10% |
| 50-249 trabajadores | 20% |
| 250 o más trabajadores | 40% |
En la práctica, esta aportación rara vez exige un desembolso adicional: los costes salariales de los trabajadores que se forman en jornada laboral cuentan como cofinanciación privada, aunque solo por las horas en que realmente participan en la formación. El cumplimiento se comprueba al cerrar el ejercicio, comparando todos los costes de formación del año, salarios incluidos, con las bonificaciones aplicadas (RD 694/2017, art. 17).
Ejemplo: una empresa de 60 trabajadores debe cofinanciar al menos el 20%. Si su formación del año cuesta 10.000€ entre docencia, organización y salarios de los participantes, puede bonificarse como máximo 8.000€, siempre que tenga ese crédito disponible.
Novedades normativas en 2026
El ejercicio 2026 introduce cambios relevantes con la entrada en vigor del Real Decreto 1189/2025 (BOE, 2025), que refuerza la trazabilidad y el control del sistema:
- Aplicación y justificación de las bonificaciones: el RD 1189/2025 modifica el artículo 18 del RD 694/2017, que regula cómo se aplican y justifican las bonificaciones. El plazo para comunicar el inicio de cada grupo no cambia: sigue siendo de 2 días naturales
- Más seguimiento y control: las actuaciones de seguimiento y control, con visitas en tiempo real y ex post, deben representar al menos el 10% de los recursos públicos destinados a estas acciones formativas, y los costes bonificados deben quedar identificados en la contabilidad de la empresa
Otro mecanismo a tener en cuenta:
- Los Permisos Individuales de Formación (PIF) permiten que los trabajadores acudan a formación acreditada con hasta 200 horas de permiso retribuido bonificable
Errores frecuentes en la gestión de la bonificación
La bonificación se aplica directamente en los seguros sociales, sin una resolución previa, pero puede revisarse después. Estos son los fallos que más problemas dan en una comprobación:
- Comunicar el inicio de un grupo con menos de 2 días naturales de antelación
- No informar a la representación legal de los trabajadores cuando la empresa la tiene
- No conservar durante 4 años los controles de asistencia, las evaluaciones y las facturas
- No identificar los costes de la formación bonificada en la contabilidad
- Bonificar más de lo que permite el crédito o no alcanzar la cofinanciación mínima
Las cantidades bonificadas indebidamente se reclaman con intereses de demora desde el momento en que se aplicó la bonificación (RD 694/2017, art. 18).
Cómo maximizar tu crédito de formación bonificada
Para aprovechar al máximo el crédito disponible, te recomendamos:
- Consultar tu crédito en enero: acceder a la aplicación de FUNDAE y conocer el importe exacto para planificar el año
- Diseñar un plan de formación: alinear las necesidades de la plantilla con los objetivos de la empresa
- Combinar modalidades: alternar formación presencial, online y mixta para optimizar costes y horarios
- No esperar a diciembre: el crédito no utilizado se pierde, y cada grupo debe comunicarse al menos 2 días naturales antes de empezar
- Vincular formación con innovación: las competencias adquiridas pueden reforzar proyectos de I+D+i elegibles para deducciones fiscales y bonificaciones por personal investigador
En Tecnocim Innova, la formación es una de las palancas que integramos en nuestra estrategia de consultoría para empresas. Combinar formación bonificada con subvenciones a la contratación y deducciones fiscales permite maximizar el retorno de la inversión en capital humano.
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