Contratación Indefinida

Bonificaciones por Contratación Indefinida: Ahorra en Cuotas de Seguridad Social

Gestionamos las bonificaciones del RDL 1/2023 para contratos indefinidos: hasta 128 €/mes durante 4 años por colectivos vulnerables, desempleados de larga duración y víctimas de violencia de género.

Bonificaciones por contratación indefinida — ahorro en cuotas SS

128 €/mes

Bonificación por colectivo prioritario

¿Qué bonificaciones existen por contrato indefinido?

El RDL 1/2023 unificó todos los incentivos a la contratación en cuantías fijas mensuales. La bonificación se aplica automáticamente en el Sistema de Liquidación Directa de la TGSS.

Empresas elegibles

  • Cualquier empresa con trabajadores en régimen general SS
  • Al corriente con AEAT y Seguridad Social
  • Plan de Igualdad registrado (si 50+ empleados)
  • Sin despidos improcedentes bonificados en 12 meses

Colectivos bonificables

  • Desempleados de larga duración (+12 meses en SEPE)
  • Víctimas de violencia de género o sexual
  • Personas en riesgo de exclusión social
  • Personas con capacidad intelectual límite (20-32%)

Cuantías por colectivo

  • Desempleado <45 años: 110 €/mes × 36 meses
  • Desempleado ≥45 o mujer: 128 €/mes × 36 meses
  • Víctimas violencia/terrorismo: 128 €/mes × 48 meses
  • Exclusión social (inserción): 147 €/mes 1.er año

Condiciones clave

  • Mantenimiento empleo mínimo 3 años (Art. 9)
  • Incompatibilidad entre bonificaciones (Art. 12)
  • Límite 60% coste salarial con otras ayudas
  • Tiempo parcial: bonificación proporcional (mín. 50%)

Cómo gestionamos tus bonificaciones por contratación

1

Análisis de plantilla

Revisamos tu estructura de personal y pipeline de selección para identificar qué contrataciones pueden dar derecho a bonificación. Calculamos el ahorro estimado antes de formalizar el contrato.

2

Verificación de cumplimiento

Comprobamos que la empresa cumple todos los requisitos: al corriente AEAT y TGSS, Plan de Igualdad vigente, sin despidos improcedentes bonificados en los últimos 12 meses.

3

Alta y codificación TGSS

Registramos el alta del trabajador en el Sistema de Liquidación Directa con los códigos de bonificación correctos según el colectivo. Gestionamos incidencias vía CASIA si es necesario.

4

Seguimiento durante 3-4 años

Monitorizamos el cumplimiento continuo de los requisitos durante todo el período de bonificación. Alertamos ante cualquier situación que pueda poner en riesgo el derecho a la bonificación.

¿Cuánto puedes ahorrar en cuotas de Seguridad Social?

Una contratación indefinida bonificada puede suponer un ahorro de entre 3.960 € y 6.300 € por trabajador durante el período de bonificación (3-4 años). ¿Tienes contrataciones previstas?

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Contratación indefinida bonificada en cifras

128 €/mes

Bonificación máxima por colectivo prioritario

4 años

Duración máxima de la bonificación

3.960-6.300 €

Ahorro total estimado por contrato

+30 años

Experiencia Tecnocim en incentivos laborales

Preguntas frecuentes sobre bonificaciones por contratación indefinida

El Real Decreto-ley 1/2023, vigente desde el 1 de septiembre de 2023, unifica todos los incentivos a la contratación en un solo marco legal con cuantías fijas mensuales. Las bonificaciones por contrato indefinido se aplican a seis colectivos principales: desempleados de larga duración (110-128 €/mes durante 36 meses), mujeres víctimas de violencia de género o sexual (128 €/mes durante 48 meses), víctimas de terrorismo (128 €/mes durante 48 meses), personas en riesgo de exclusión social (128-147 €/mes durante 48 meses), personas con capacidad intelectual límite (128 €/mes durante 48 meses) y trabajadores readmitidos tras incapacidad permanente (138 €/mes durante 24 meses).

Depende del colectivo contratado. Para un desempleado de larga duración mayor de 45 años, la bonificación es de 128 €/mes durante 3 años: un ahorro total de 4.608 €. Para una víctima de violencia de género, 128 €/mes durante 4 años suponen 6.144 € de ahorro. La cotización empresarial por contingencias comunes es del 23,60% del salario bruto (Orden PJC/178/2025), por lo que la bonificación puede representar entre el 6% y el 15% del coste laboral total durante el período bonificado. En la transformación de contrato de formación a indefinido, la bonificación es de 128 €/mes (hombres) o 147 €/mes (mujeres) durante 36 meses.

La empresa debe estar al corriente de sus obligaciones con la AEAT y la Seguridad Social, no haber sido inhabilitada para obtener incentivos públicos, no haber realizado despidos improcedentes de contratos bonificados en los 12 meses anteriores, tener un Plan de Igualdad registrado si cuenta con 50 o más trabajadores, y comprometerse a mantener al trabajador en alta en la SS un mínimo de 3 años (Art. 9 del RDL 1/2023). El incumplimiento del período de mantenimiento obliga a devolver todas las cuantías percibidas más recargos e intereses de demora.

No. La regla general del RDL 1/2023 es la incompatibilidad entre las bonificaciones contempladas en la norma: solo se puede aplicar una bonificación por contrato (Art. 12). Además, en caso de concurrencia con otras ayudas públicas para el mismo fin, el total no puede superar el 60% del coste salarial anual del contrato bonificado. La excepción más relevante es la compatibilidad entre la bonificación del contrato de formación en alternancia y la bonificación por tutorización. Sin embargo, las bonificaciones por contratación SÍ son compatibles con las deducciones fiscales I+D+i del Art. 35 LIS.

El cambio más significativo fue la sustitución de las bonificaciones porcentuales (que podían llegar al 100% de la cuota) por cuantías fijas mensuales en euros. Esto hace el sistema más predecible pero elimina las bonificaciones al 100% que existían anteriormente. El RDL 1/2023 también unificó en un solo texto normativo lo que antes estaba disperso en decenas de leyes (derogando parcialmente la Ley 43/2006) y añadió la obligación expresa de mantenimiento del empleo durante 3 años como condición general para todas las bonificaciones.

La duración varía según el colectivo: 36 meses (3 años) para desempleados de larga duración y transformaciones de contratos; 48 meses (4 años) para víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo, personas en riesgo de exclusión social y personas con capacidad intelectual límite; y 24 meses para los casos de readmisión tras incapacidad permanente. El plazo empieza a contar desde la fecha de inicio del contrato indefinido o de la transformación. Para contratos a tiempo parcial (mínimo 50% de jornada), la bonificación se reduce proporcionalmente.

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