Personal Investigador I+D+i

Bonificación del 40% en Seguridad Social para Personal Investigador

Las empresas que contratan de forma indefinida personal dedicado en exclusiva a I+D+i pueden bonificarse el 40% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante un máximo de 3 años. Tecnocim identifica al personal elegible, documenta su dedicación y gestiona la tramitación ante la TGSS desde el primer mes.

Equipo de investigadores I+D+i trabajando en un laboratorio de innovación empresarial

40%

Bonificación en cuotas SS

¿Qué personal puede acceder a la bonificación del 40%?

La bonificación se aplica al personal con contrato indefinido que se dedica en exclusiva y a jornada completa a actividades de I+D o innovación tecnológica (Real Decreto 475/2014).

Personal elegible

  • Investigadores, ingenieros y técnicos de I+D+i
  • Dedicados en exclusiva a I+D+i (hasta un 15% en formación o divulgación)
  • Con contrato indefinido: bonificación durante un máximo de 3 años

Actividades cubiertas

  • Investigación básica y aplicada (I+D)
  • Desarrollo tecnológico experimental
  • Innovación tecnológica en procesos y productos

Requisitos de dedicación

  • Dedicación exclusiva: 40% de la cuota por contingencias comunes
  • Dedicación parcial: excluida de la bonificación
  • Documentación de horas y actividades mediante partes de trabajo

Beneficios para la empresa

  • Ahorro directo en cotizaciones SS desde el primer mes
  • Compatible con las deducciones del Art. 35 LIS (sobre el mismo investigador, solo con Sello PYME Innovadora)
  • Con 10 o más investigadores bonificados se exige informe motivado vinculante

Cómo gestionamos la bonificación de tu personal investigador

1

Identificación del personal

Analizamos tu plantilla para identificar a los empleados que realizan actividades de I+D+i: perfiles técnicos, proyectos asignados, tipo de contrato y dedicación a investigación.

2

Documentación de la dedicación

Implantamos un sistema de registro de horas y actividades de I+D+i para cada investigador. Esta documentación es esencial para justificar la bonificación ante la TGSS y la Inspección de Trabajo.

3

Tramitación ante la TGSS

Gestionamos la comunicación a la Tesorería General de la Seguridad Social: identificación del personal bonificable en los boletines de cotización TC1/TC2 y aplicación de la bonificación del 40%.

4

Seguimiento y actualización

Monitorizamos mensualmente las altas, bajas y cambios de dedicación del personal investigador. Actualizamos los boletines de cotización y te informamos del ahorro acumulado cada trimestre.

Dedicación exclusiva: qué cumple y qué no

La bonificación del 40% se aplica sobre la cuota empresarial por contingencias comunes y solo si la dedicación a I+D+i es exclusiva: la dedicación parcial queda excluida (art. 3 del Real Decreto 475/2014).

40%

De la cuota por contingencias comunes

Dedicación exclusiva

100% del tiempo en I+D+i

  • El trabajador dedica toda su jornada a I+D+i (se admite hasta un 15% en formación, docencia o divulgación)
  • Bonificación del 40%, que sube al 45-50% si es mujer o menor de 30 años
  • Ahorro aproximado: 9,4% de la base (unos 3.780 €/año con 40.000 € brutos)
  • Requiere justificación de dedicación exclusiva
  • Ideal para investigadores, jefes de proyecto I+D y técnicos de laboratorio

0%

Excluida de la bonificación

Dedicación parcial

Parte del tiempo en I+D+i

  • El trabajador combina I+D+i con otras funciones
  • No da derecho a la bonificación del Real Decreto 475/2014
  • Tampoco la dan las funciones de administración, marketing, servicios generales o dirección
  • Su coste puede computar en la deducción fiscal por I+D+i (Art. 35 LIS)
  • Separar funciones y documentar horas evita perder la bonificación

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Cada investigador bonificado ahorra el 40% de su cuota por contingencias comunes: unos 3.780 euros anuales con un salario de 40.000 euros. Identificamos a todo el personal elegible de tu plantilla.

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Bonificación de personal investigador en cifras

40%

Bonificación en cotizaciones empresariales SS

3,8K €

Ahorro anual con 40.000 € brutos (estimación)

3 años

Duración máxima por investigador

Mes 1

Aplicable desde el primer mes de alta

Preguntas frecuentes sobre la bonificación de personal investigador

Es una bonificación del 40% de la cuota empresarial por contingencias comunes a la Seguridad Social por la contratación indefinida de personal dedicado en exclusiva a actividades de I+D o innovación tecnológica, durante un máximo de 3 años. Sube un 5% si la persona investigadora es mujer y otro 5% si es menor de 30 años (acumulables). Está regulada por el Real Decreto 475/2014, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 1/2023. Se descuenta directamente en la liquidación mensual de cuotas.

El Real Decreto 475/2014 no fija grupos de cotización concretos: lo determinante es el contrato indefinido y la dedicación exclusiva a I+D+i. Quedan excluidos quienes dedican solo parte de su jornada a I+D+i; el personal de administración, gestión de recursos, marketing, servicios generales o dirección; las relaciones laborales de carácter especial, y el personal cuya contratación ya esté financiada con fondos públicos que incluyan las cuotas empresariales.

La documentación se realiza mediante partes de trabajo que registran las horas dedicadas por cada trabajador a actividades de I+D+i. Deben acreditar que toda la jornada se dedica a proyectos de I+D+i y que la formación, docencia o divulgación no supera el 15% del tiempo. Si la empresa bonifica a 10 o más investigadores durante 3 meses o más en un ejercicio, debe aportar además a la TGSS un informe motivado vinculante sobre esa dedicación. Tecnocim implanta un sistema de registro sencillo y auditable que cumple con los requisitos de la TGSS y la Inspección de Trabajo.

Sí, con un matiz importante. Las pymes con Sello PYME Innovadora pueden aplicar la bonificación y la deducción del Art. 35 LIS sobre el mismo investigador. El resto de empresas pueden aplicar ambos incentivos, pero no sobre el mismo investigador: para cada uno deben elegir bonificación o deducción (art. 6 del Real Decreto 475/2014). Tecnocim analiza qué combinación da más ahorro y gestiona ambos incentivos de forma coordinada.

El ahorro depende del número de investigadores y su base de cotización. La cuota empresarial por contingencias comunes es del 23,60% (2026), así que el 40% equivale a un 9,44% de la base: un investigador con salario bruto de 40.000 euros anuales genera un ahorro aproximado de 3.780 euros al año (4.720 euros con el 50%). Una empresa con 5 investigadores en esas condiciones ahorra unos 18.900 euros anuales, durante un máximo de 3 años por investigador. Tecnocim identifica a todo el personal elegible, incluidos perfiles que la empresa no había considerado como personal investigador.

La bonificación se aplica desde el alta del investigador con contrato indefinido, siempre que la empresa la identifique al comunicar el alta a la TGSS. No es necesario esperar al cierre del ejercicio fiscal ni obtener una autorización previa: se descuenta directamente en la liquidación mensual de cuotas, durante un máximo de 3 años por investigador.

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