Bonificación del 40% en Seguridad Social para Personal Investigador
Las empresas con personal dedicado a actividades de I+D+i pueden bonificarse el 40% de las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social. Tecnocim identifica al personal elegible, documenta su dedicación y gestiona la tramitación ante la TGSS desde el primer mes.

40%
Bonificación en cuotas SS
¿Qué personal puede acceder a la bonificación del 40%?
La bonificación se aplica al personal investigador dedicado a actividades de I+D+i encuadrado en los grupos de cotización 1 a 4 del Régimen General.
Personal elegible
- Investigadores, ingenieros y técnicos de I+D+i
- Encuadrados en grupos de cotización 1 a 4 del Régimen General
- Con contrato laboral en vigor (indefinido o temporal)
Actividades cubiertas
- Investigación básica y aplicada (I+D)
- Desarrollo tecnológico experimental
- Innovación tecnológica en procesos y productos
Requisitos de dedicación
- Dedicación exclusiva: 40% sobre la cotización completa
- Dedicación parcial: 40% proporcional a las horas de I+D+i
- Documentación de horas y actividades mediante partes de trabajo
Beneficios para la empresa
- Ahorro directo en cotizaciones SS desde el primer mes
- Compatible con deducciones fiscales I+D+i (Art. 35 LIS)
- Sin límite de personal bonificable por empresa
Cómo gestionamos la bonificación de tu personal investigador
Identificación del personal
Analizamos tu plantilla para identificar a los empleados que realizan actividades de I+D+i: perfiles técnicos, proyectos asignados, grupos de cotización y porcentaje de dedicación a investigación.
Documentación de la dedicación
Implantamos un sistema de registro de horas y actividades de I+D+i para cada investigador. Esta documentación es esencial para justificar la bonificación ante la TGSS y la Inspección de Trabajo.
Tramitación ante la TGSS
Gestionamos la comunicación a la Tesorería General de la Seguridad Social: identificación del personal bonificable en los boletines de cotización TC1/TC2 y aplicación de la bonificación del 40%.
Seguimiento y actualización
Monitorizamos mensualmente las altas, bajas y cambios de dedicación del personal investigador. Actualizamos los boletines de cotización y te informamos del ahorro acumulado cada trimestre.
Dedicación exclusiva vs dedicación parcial
La bonificación del 40% se aplica sobre la base de cotización del trabajador, pero el importe depende de si la dedicación a I+D+i es total o parcial.
40%
Sobre la cotización completa
Dedicación exclusiva
100% del tiempo en I+D+i
- El trabajador dedica el 100% de su jornada a I+D+i
- Bonificación del 40% sobre la base de cotización íntegra
- Máximo ahorro por trabajador (aprox. 4.000-8.000 €/año)
- Requiere justificación de dedicación exclusiva
- Ideal para investigadores, jefes de proyecto I+D y técnicos de laboratorio
40%
Proporcional a horas I+D+i
Dedicación parcial
Parte del tiempo en I+D+i
- El trabajador combina I+D+i con otras funciones
- Bonificación del 40% sobre la parte proporcional de I+D+i
- Requiere registro de horas dedicadas a cada actividad
- Común en perfiles como director técnico o responsable de calidad
- La documentación de partes de trabajo es esencial
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Cada investigador bonificado supone un ahorro de 4.000 a 8.000 euros anuales. Identificamos a todo el personal elegible de tu plantilla.
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Bonificación de personal investigador en cifras
40%
Bonificación en cotizaciones empresariales SS
4-8K €
Ahorro anual por investigador (estimación)
Grupos 1-4
Grupos de cotización elegibles (Régimen General)
Mes 1
Aplicable desde el primer mes de alta
Preguntas frecuentes sobre la bonificación de personal investigador
Es una bonificación del 40% en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social para trabajadores dedicados exclusiva o parcialmente a actividades de I+D+i. Está regulada por la Disposición Adicional 17ª del RDL 2/2023 (anteriormente Art. 2 del RDL 475/2014). Se aplica a personal de los grupos de cotización 1 a 4 del Régimen General: ingenieros, licenciados, ingenieros técnicos y ayudantes titulados. La bonificación se descuenta directamente en los boletines de cotización TC1/TC2.
Los grupos de cotización 1 a 4 del Régimen General de la Seguridad Social: grupo 1 (ingenieros y licenciados), grupo 2 (ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados), grupo 3 (jefes administrativos y de taller) y grupo 4 (ayudantes no titulados). En la práctica, esto incluye a la mayoría de perfiles técnicos y profesionales que participan en actividades de I+D+i: investigadores, ingenieros de desarrollo, directores técnicos, responsables de innovación, etc.
La documentación se realiza mediante partes de trabajo que registran las horas dedicadas por cada trabajador a actividades de I+D+i. Para dedicación exclusiva, basta con acreditar que el 100% de la jornada se dedica a proyectos de investigación. Para dedicación parcial, se necesitan partes de trabajo detallados que distingan las horas de I+D+i de otras funciones. Tecnocim implanta un sistema de registro sencillo y auditable que cumple con los requisitos de la TGSS y la Inspección de Trabajo.
Sí, son totalmente compatibles. La bonificación del 40% reduce las cotizaciones de Seguridad Social (coste laboral) y las deducciones del Art. 35 LIS reducen el Impuesto de Sociedades (coste fiscal). Se aplican sobre conceptos diferentes y ambas son acumulables. De hecho, el mismo personal investigador que genera la bonificación en SS suele ser la base de cálculo para las deducciones I+D+i. Tecnocim gestiona ambos incentivos de forma coordinada para maximizar el ahorro total.
El ahorro depende del número de investigadores y su base de cotización. Como referencia, un investigador con salario bruto de 40.000 euros anuales genera un ahorro aproximado de 5.000 a 6.000 euros al año en cotizaciones empresariales. Una empresa con 5 investigadores a dedicación exclusiva puede ahorrar entre 25.000 y 30.000 euros anuales. Tecnocim identifica a todo el personal elegible, incluidos perfiles que la empresa no había considerado como personal investigador.
La bonificación se puede aplicar desde el primer mes en que el trabajador realiza actividades de I+D+i, siempre que la empresa comunique la bonificación a la TGSS a través de los boletines de cotización. No es necesario esperar al cierre del ejercicio fiscal ni obtener una autorización previa: se aplica directamente en la liquidación mensual de cotizaciones. Tecnocim puede gestionarte la bonificación con efecto retroactivo si identificamos personal elegible que no estaba siendo bonificado.
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