Deducciones Fiscales
Diseño industrial de producto: cuándo aplica la deducción por innovación
El artículo 35.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades menciona expresamente el diseño industrial como una actividad de innovación tecnológica. Esto significa que los gastos en concepción de productos, elaboración de planos, especificaciones técnicas y prototipos pueden deducirse al 12% en el Impuesto de Sociedades.
Sin embargo, no todo el diseño industrial califica. La ley exige un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos o mejoras sustanciales de los existentes. Un rediseño estético sin novedad técnica no entra. Un nuevo producto con especificaciones funcionales que no existían antes, sí.
¿El diseño industrial es deducible como innovación tecnológica?
Sí, siempre que cumpla dos condiciones:
- Que implique un avance tecnológico: el resultado debe ser un producto nuevo o sustancialmente mejorado desde el punto de vista tecnológico (no solo estético)
- Que incluya actividades de diseño industrial e ingeniería de procesos: la ley menciona expresamente la concepción y elaboración de planos, dibujos y soportes destinados a definir elementos descriptivos, especificaciones técnicas y características de funcionamiento
La deducción es del 12% de los gastos efectuados en el período impositivo. A diferencia de la deducción por I+D (25-42%), que exige novedad objetiva a nivel mundial, la innovación tecnológica solo requiere novedad subjetiva — es decir, que sea nueva para la empresa, aunque ya exista en el mercado.
Esto hace que el diseño industrial sea uno de los conceptos más accesibles dentro de las deducciones del artículo 35 LIS.
¿Tu empresa diseña productos industriales? Nuestro equipo de informe motivado vinculante puede evaluar si tus proyectos califican para la deducción del 12%.
Qué dice el artículo 35.2 LIS sobre diseño industrial
El texto legal define como innovación tecnológica la actividad cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos o procesos de producción o mejoras sustanciales de los ya existentes.
Dentro de las actividades deducibles, la ley incluye expresamente:
"Diseño industrial e ingeniería de procesos de producción, que incluirán la concepción y la elaboración de los planos, dibujos y soportes destinados a definir los elementos descriptivos, especificaciones técnicas y características de funcionamiento necesarios para la fabricación, prueba, instalación y utilización de un producto."
Además, incluye la elaboración de muestrarios en sectores específicos: textil, calzado, curtido, marroquinería, juguete, mueble y madera.
La base de la deducción está constituida por los gastos del período correspondientes a estas actividades, siempre que se realicen en España, en un estado miembro de la UE o del Espacio Económico Europeo.
Qué actividades de diseño industrial son deducibles
Actividades que SÍ califican
- Concepción de nuevos productos: definición funcional, especificaciones técnicas, requisitos de fabricación
- Elaboración de planos y dibujos técnicos: planos CAD/CAM 2D y 3D, modelado paramétrico, simulaciones de ensamblaje
- Ingeniería de producto: cálculos estructurales, análisis de elementos finitos (FEA), simulaciones térmicas o de fluidos
- Prototipos funcionales: fabricación de prototipos para validar las especificaciones de diseño
- Muestrarios técnicos: colecciones con novedad en materiales, procesos o funcionalidad (textil, calzado, mueble, juguete, marroquinería, curtido, madera)
- Software de diseño: amortización de licencias CAD, CAM, CAE, PLM utilizadas en los proyectos de innovación
Actividades que NO califican
- Rediseño puramente estético sin cambio funcional ni tecnológico
- Adaptación de productos existentes a normativas sin mejora sustancial
- Cambios de color, packaging o imagen de marca
- Ingeniería rutinaria o de mantenimiento
- Producción en serie (solo la fase de diseño es deducible, no la fabricación)
Sectores con mención expresa en la ley
El artículo 35.2 LIS otorga un tratamiento especial a la elaboración de muestrarios en estos sectores:
| Sector | Ejemplo de actividad deducible |
|---|---|
| Textil | Colección con nuevos tejidos técnicos o acabados funcionales |
| Calzado | Desarrollo de suelas con nuevos materiales o sistemas de amortiguación |
| Curtido | Nuevos procesos de tratamiento de pieles con menor impacto ambiental |
| Marroquinería | Prototipos de artículos con materiales reciclados o biodegradables |
| Juguete | Diseño de juguetes con nuevos mecanismos o materiales seguros |
| Mueble | Desarrollo de mobiliario con sistemas modulares o materiales compuestos |
| Madera | Nuevos procesos de tratamiento o transformación de la madera |
En estos sectores, la elaboración de muestrarios se considera innovación tecnológica sin necesidad de demostrar un avance tecnológico adicional, lo que simplifica significativamente la acreditación de la deducción.
Para empresas de otros sectores industriales — automoción, alimentación, maquinaria, química, electrónica — el diseño industrial también es deducible, pero debe demostrarse el avance tecnológico del producto resultante.
Cómo documentar y acreditar la deducción
Para aplicar la deducción del 12% por diseño industrial, la empresa debe:
- Identificar los proyectos: separar las actividades de diseño innovador de la ingeniería rutinaria
- Documentar el avance tecnológico: describir qué novedad aporta el nuevo producto frente a lo existente
- Individualizar los gastos: personal dedicado, materiales, colaboraciones externas, software CAD/CAM
- Obtener el informe motivado (opcional pero recomendable): un informe motivado del CDTI o entidad acreditada vincula a la Agencia Tributaria y elimina la incertidumbre fiscal
- Conservar evidencias: planos, modelos 3D, especificaciones, actas de reuniones de diseño, informes de ensayos
La deducción es compatible con otras vías de ahorro fiscal: puede combinarse con la amortización acelerada de los activos utilizados en el diseño y con las bonificaciones de Seguridad Social del personal investigador dedicado a estos proyectos.
¿Siguiente paso?
El diseño industrial es una de las actividades de innovación tecnológica más infravaloradas desde el punto de vista fiscal. Si tu empresa invierte en concepción de productos, elaboración de planos o desarrollo de muestrarios, es probable que tengas gastos deducibles que no estás aprovechando.
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