Deducciones Fiscales
¿Qué es la innovación tecnológica a efectos fiscales? Definición y requisitos
El 34,8% de las empresas industriales españolas fueron innovadoras en el período 2022-2024 (INE, 2024). Sin embargo, no todas saben que sus proyectos de innovación pueden generar una deducción del 12% en el Impuesto sobre Sociedades. La razón más habitual: confundir la definición genérica de innovación con la definición fiscal. Son conceptos diferentes, y entender la diferencia es el primer paso para aprovechar el incentivo.
El artículo 35.2 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades define la innovación tecnológica con criterios propios, distintos de los que se usan en contextos académicos o empresariales. Esta guía explica qué significa innovación tecnológica a efectos fiscales, qué la diferencia de la I+D y qué requisitos debe cumplir un proyecto para generar la deducción.
¿Qué es la innovación tecnológica a efectos fiscales?
La innovación tecnológica, según el artículo 35.2 de la LIS, es la actividad cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos productos o procesos de producción, o mejoras sustanciales de los ya existentes. Se consideran nuevos aquellos productos o procesos cuyas características o aplicaciones, desde el punto de vista tecnológico, difieran sustancialmente de las existentes con anterioridad.
Esta definición tiene tres elementos clave:
- Avance tecnológico: el proyecto debe generar un progreso técnico, no una mera actualización o mantenimiento.
- Nuevo producto o proceso: el resultado debe ser algo que la empresa no tenía antes, o una mejora sustancial de lo existente.
- Diferencia sustancial: las características del producto o proceso deben diferir de forma significativa de lo anterior desde un punto de vista tecnológico.
La definición fiscal no exige que la novedad sea mundial. Basta con que sea nueva para la empresa. Este concepto se llama novedad subjetiva y es la distinción más importante respecto a la I+D.
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Novedad subjetiva vs novedad objetiva: la distinción clave
La diferencia entre innovación tecnológica (IT) e investigación y desarrollo (I+D) determina si la deducción es del 12% o del 25-42%. La clave está en el tipo de novedad:
| Concepto | Innovación tecnológica (IT) | I+D |
|---|---|---|
| Tipo de novedad | Subjetiva — nueva para la empresa | Objetiva — nueva en el estado del arte |
| Artículo LIS | 35.2 | 35.1 |
| Deducción | 12% | 25-42% |
| Ejemplo | Implantar un sistema MES por primera vez en la empresa | Desarrollar un algoritmo de IA sin precedente en el mercado |
| Requisito | Avance tecnológico para la empresa | Avance científico o tecnológico universal |
La Dirección General de Tributos (DGT) ha confirmado esta interpretación en múltiples consultas vinculantes: la innovación tecnológica se refiere a novedades que solo lo son desde un punto de vista subjetivo. No se requiere la obtención de un producto o proceso inexistente en el mercado, sino que no haya sido desarrollado hasta el momento por la entidad que lo lleva a cabo.
Ejemplo práctico: una pyme industrial que diseña y fabrica un nuevo componente en materiales compuestos para un cliente de automoción está realizando innovación tecnológica (IT, 12%), aunque otros fabricantes ya produzcan piezas similares. Si esa misma empresa desarrolla una formulación de resina con propiedades nunca alcanzadas en el mercado, el proyecto calificaría como I+D (25-42%).
¿Qué actividades califican como innovación tecnológica?
El artículo 35.2 enumera cuatro categorías de actividades elegibles:
1. Diagnóstico tecnológico
Estudios de viabilidad, auditorías tecnológicas y análisis de madurez digital que identifiquen soluciones tecnológicas avanzadas para la empresa. Generan deducción independientemente del resultado al que conduzcan.
2. Diseño industrial e ingeniería de procesos de producción
La elaboración de planos, dibujos, especificaciones técnicas y características de funcionamiento necesarios para fabricar, probar o instalar un producto. También incluye la creación de muestrarios textiles, calzado, marroquinería, juguete, mueble y madera.
3. Adquisición de tecnología avanzada
La compra de patentes, licencias, know-how y diseños, siempre que se utilicen para actividades de innovación tecnológica. El límite para este concepto es de 1 millón de euros anuales.
4. Obtención de certificados de cumplimiento
Los gastos asociados a la certificación de conformidad con normas de aseguramiento de la calidad de los productos o procesos.
Actividades que NO califican
- Mantenimiento rutinario de software o maquinaria.
- Cambios estéticos sin impacto tecnológico.
- Compra de equipos estándar sin proyecto de integración.
- Mejoras organizativas sin componente tecnológico.
- Formación del personal en tecnologías existentes (puede tener otros incentivos, pero no deducción IT).
Gastos deducibles y requisitos
Los gastos de innovación tecnológica que integran la base de la deducción del 12% deben cumplir tres condiciones (Art. 35.2 LIS):
- Estar directamente relacionados con actividades de innovación tecnológica.
- Ser efectivamente aplicados a la realización de dichas actividades.
- Constar individualizados por proyectos.
| Concepto de gasto | Ejemplo |
|---|---|
| Personal técnico | Salarios de ingenieros y técnicos dedicados al proyecto |
| Amortización de activos | Maquinaria, equipos de ensayo, utillajes afectos al proyecto |
| Software y licencias | CAD/CAM, MES, PLM, SCADA utilizados en la innovación |
| Materiales y consumibles | Prototipos, muestras, materias primas de ensayo |
| Subcontratación | Centros tecnológicos, universidades, empresas especializadas |
| Tecnología adquirida | Patentes, licencias, know-how (hasta 1M€/año) |
Los gastos deben corresponder a actividades realizadas en España o en la UE/EEE. Para proyectos de automatización industrial o digitalización, los gastos de implantación suelen encajar en la categoría de ingeniería de procesos.
Cómo acreditar la innovación tecnológica ante Hacienda
La forma más segura de aplicar la deducción es obtener un informe motivado del Ministerio de Ciencia e Innovación. Desde la sentencia del Tribunal Supremo de octubre de 2024 (recursos 948/2023, 1633/2023 y 1635/2023), este informe es vinculante para la Agencia Tributaria (AEAT, 2024).
El informe cubre:
- La calificación de la actividad como innovación tecnológica (o I+D).
- La cuantificación de los gastos elegibles.
- La base de la deducción aplicable.
Sin informe motivado, la empresa puede aplicar la deducción igualmente, pero asume el riesgo de que la Agencia Tributaria cuestione la calificación en una inspección. Con el informe vinculante, ese riesgo desaparece. Las deducciones generadas se pueden aplicar durante un plazo de 18 años, lo que da margen a empresas con base imponible insuficiente en el ejercicio actual.
En Tecnocim Innova gestionamos el proceso completo del informe motivado, desde la identificación de actividades elegibles hasta la presentación ante el Ministerio.
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¿Siguiente paso?
La innovación tecnológica a efectos fiscales tiene una definición más amplia de lo que parece. Cualquier empresa que desarrolle un producto nuevo, mejore sustancialmente un proceso de producción o integre tecnología avanzada en su actividad puede estar realizando innovación tecnológica deducible al 12%. Y si el proyecto implica novedad científica objetiva, la deducción sube al 25-42%.
En Tecnocim Innova llevamos más de 30 años ayudando a empresas a identificar y documentar sus actividades innovadoras. Analizamos cada proyecto, determinamos si califica como IT o I+D, y gestionamos el informe motivado para maximizar la deducción con total seguridad jurídica.
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