CSRD: la nueva obligación de reporting de sostenibilidad para empresas
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CSRD: la nueva obligación de reporting de sostenibilidad para empresas

BY TECNOCIM INNOVA   PUBLISHED ON 3 DE MAYO DE 2026

La Directiva Ómnibus I (2026/470), publicada el 26 de febrero de 2026, ha cambiado las reglas del juego: aproximadamente el 90% de las empresas que inicialmente estaban obligadas a presentar informes de sostenibilidad bajo la CSRD han quedado excluidas (Cuatrecasas, 2026). Pero si tu empresa supera los 500 empleados o factura más de 250 millones de euros, la obligación sigue vigente y los plazos ya están en marcha.

La CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive) es la directiva europea que obliga a las empresas a informar sobre su impacto ambiental, social y de gobernanza con el mismo rigor que aplican a sus cuentas financieras. No se trata de un informe voluntario ni de un ejercicio de imagen: es una obligación legal verificada por auditores independientes.

¿Qué es la CSRD y por qué afecta a tu empresa?

La Directiva 2022/2464, aprobada en diciembre de 2022, sustituyó la anterior Directiva de Información No Financiera (NFRD) con un objetivo claro: que la información sobre sostenibilidad sea tan fiable, comparable y auditable como la información financiera.

La CSRD introduce tres cambios fundamentales respecto al marco anterior:

En España, la transposición de la CSRD se canaliza a través de la Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad (LIES), aprobada como proyecto de ley en octubre de 2024 pero aún pendiente de tramitación parlamentaria. Mientras tanto, la CNMV ha dejado claro que las empresas cotizadas deben aplicar los estándares europeos directamente.

¿Qué empresas están obligadas a reportar tras la Directiva Ómnibus?

La Directiva Ómnibus I ha elevado significativamente los umbrales. Ahora, solo están obligadas las empresas que cumplan al menos dos de estos tres criterios durante dos ejercicios consecutivos:

CriterioUmbral
Empleados500 o más
Facturación neta anual250 millones de euros o más
Total de activos en balance125 millones de euros o más

Las pymes cotizadas, que la CSRD original incluía a partir de 2026, quedan ahora excluidas de la obligación. Podrán reportar de forma voluntaria utilizando estándares simplificados (VSME).

También quedan obligadas las filiales y sucursales en España de empresas de terceros países con facturación en la UE superior a 150 millones de euros, a partir de 2028.

¿Está obligada mi empresa?

Si tu empresa tiene menos de 500 empleados y factura por debajo de 250 millones de euros, probablemente no estés obligada directamente. Sin embargo, conviene tener en cuenta dos factores:

¿No tienes claro si tu empresa está afectada? Nuestro equipo de consultoría especializada puede hacer una evaluación rápida de tu situación.

Qué debe incluir el informe de sostenibilidad: los 12 estándares ESRS

Los European Sustainability Reporting Standards (ESRS) definen exactamente qué información debe contener el informe. Se estructuran en 12 estándares:

Transversales (obligatorios para todas las empresas)

Ambientales

Sociales

Gobernanza

- ESRS G1: Conducta empresarial — anticorrupción, lobbying, prácticas fiscales

No todos los estándares temáticos son obligatorios para todas las empresas: depende del resultado del análisis de doble materialidad. Solo los ESRS 1 y ESRS 2 son universalmente obligatorios.

Doble materialidad: el concepto clave del informe CSRD

La doble materialidad es el eje central de la CSRD. Exige analizar cada tema de sostenibilidad desde dos perspectivas:

Materialidad de impacto (de dentro afuera): ¿cómo afecta tu empresa al medioambiente y a la sociedad? Por ejemplo, las emisiones de tu planta de producción o las condiciones laborales de tu cadena de suministro.

Materialidad financiera (de fuera adentro): ¿cómo afectan los riesgos de sostenibilidad a tu empresa? Por ejemplo, cómo una sequía puede interrumpir tu cadena de suministro o cómo una regulación climática puede aumentar tus costes operativos.

Un tema es "material" si es relevante desde cualquiera de las dos perspectivas. El resultado del análisis determina qué estándares ESRS temáticos debes incluir en tu informe y cuáles puedes omitir.

Calendario de aplicación y estado en España

El calendario original de la CSRD establecía una aplicación escalonada. La Directiva Ómnibus I ha introducido modificaciones relevantes:

FaseEmpresasDatos del ejercicioPublicación informe
Fase 1Grandes empresas de interés público (>500 empleados, ya bajo NFRD)20242025
Fase 2Resto de grandes empresas (2 de 3 criterios: 500 empleados, 250M€, 125M€ balance)20252026
Fase 3Pymes cotizadas — ahora voluntarias tras ÓmnibusExcluidasVoluntario (VSME)
Fase 4Filiales/sucursales de empresas de terceros países (>150M€ en UE)20282029

En España, la situación presenta una particularidad: la transposición no se ha completado. La LIES sigue en tramitación parlamentaria. Mientras tanto, el marco vigente es la Ley 11/2018 de información no financiera, aunque la CNMV exige a las cotizadas la aplicación directa de los estándares europeos.

El plazo para que los estados miembros transpongan la Directiva Ómnibus I es el 19 de marzo de 2027.

Sanciones, auditoría y verificación

Verificación obligatoria

Toda la información de sostenibilidad debe ser verificada por un auditor o prestador de servicios de verificación independiente, con un nivel de garantía limitada (que se irá elevando progresivamente a garantía razonable). El ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas) supervisa la calidad de estas verificaciones en España.

Régimen sancionador

La CSRD delega el régimen sancionador en cada estado miembro. En España, las sanciones se definirán en la LIES. Como referencia, Francia ha establecido multas de hasta 18.750€ por no publicar el informe de sostenibilidad requerido.

Más allá de las multas, el incumplimiento tiene consecuencias prácticas inmediatas:

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Cómo prepararse: de la obligación a la ventaja competitiva

El informe de sostenibilidad CSRD no tiene por qué ser solo un coste de cumplimiento. Las empresas que se anticipan obtienen ventajas concretas:

Plan de acción en 4 pasos

  1. Evaluar si tu empresa está obligada: aplicar el test de los 3 criterios del Ómnibus (500 empleados, 250M€ facturación, 125M€ balance)
  2. Realizar el análisis de doble materialidad: identificar qué temas ESRS son relevantes para tu empresa
  3. Recopilar datos y establecer sistemas de medición: especialmente emisiones GEI (Scope 1, 2 y 3), datos sociales y de gobernanza
  4. Contratar auditoría de verificación: seleccionar un verificador independiente acreditado

En Tecnocim Innova acompañamos a empresas en todo el proceso: desde la evaluación inicial hasta la preparación del informe y la conexión con las ayudas disponibles para la transición sostenible.

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